Para poder portar y utilizar armas en territorio Español necesita tener una Licencia de armas.
Los requisitos son:
Las licencias administrativas tendrán un validez de 5 años, pudiéndose ser renovada por iguales períodos.
Estos animales para transitar por lugares y espacios públicos, deberán llevar obligatoriamente bozal y deben ser controlados con cadena o correa no extensible más de 2 metros.
La Normativa vigente, que regula a este tipo de perros está formada por:
La documentación a presentar en el Ayuntamiento o cualquier otro órgano municipal competente, es:
Personalmente, en el Ayuntamiento, en Registro General o en las oficinas municipales de tu distrito.
La tasa del Ayuntamiento se paga en una entidad bancaria con una CARTA DE PAGO a tu nombre.
Esta CARTA DE PAGO se obtiene en las Oficinas del Registro General del Ayuntamiento de tu ciudad.
C/ Tejares, 75
02002 · Albacete
Tlf.: 967 234 005 - 967 235 429
Email: administracion@clinicavirgendelosllanos.com
Horario:
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Horario consulta medicina general:
Lunes a Jueves: 09:00h. a 13:30h. y de 16:00h. a 20:30h.
Viernes: 09:00h. a 13:30h. y de 17:00h. a 20:00h.